El matrimonio es la unión de dos contrayentes ante un funcionario público y queda registrado en un acta de conformidad a las normas civiles.
Ambos contrayentes deberán presentarse con la siguente documetación:
En caso de ser DIVORCIADO, debe presentar:
En caso de ser VIUDO/A, debe presentar:
En caso de presentar actas del extranjero, todas las actas o partidas deberán ser apostillada en el país de origen. Y si son de países que no hablan español, deben ser traducidos por un traductor oficial registrado en la ciudad judicial.
Tener en cuenta que la presentación de los papeles no deben ser superior a los 45 días de anticipación.
¿Quiénes pueden casarse en Salta?
Los importes de las tasas retributivas por el servicio extraordinario a prestar por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Salta son los siguientes:
Los turnos de Matrimonio son para la presentación de documentación. Los turnos de la celebración de Matrimonio quedara supeditada hasta la revisión y aceptación de la documentación presentada.
| Trámite | Costo |
|---|---|
| A celebrarse en Lunes a Viernes a partir de 15 hs. | $ 110.400 |
| A celebrarse en días inhábiles | $ 168.000 |