El matrimonio es la unión de dos contrayentes ante un funcionario público y queda registrado en un acta de conformidad a las normas civiles.
Requisitos
- Original y fotocopia DNI de ambos contrayentes, por lo menos uno de ellos con domicilio en salta capital.
- Original y fotocopia DNI de 2 testigos mayores de 18 años. (no hijos, no padres).
- Presentar estampillado por valor de $990,00(pesos novecientos noventa ) de rentas para la libreta de matrimonio.
- Partidas de nacimiento de ambos contrayentes, originales actualizadas (no mayor a 6 meses de antigüedad).
En caso de ser DIVORCIADO, debe presentar:
- Acta de Matrimonio anterior con marginal de divorcio vincular. Original actualizada. (no mayor a 6 meses de antiguedad).
En caso de ser VIUDO/A, debe presentar:
- Acta de Matrimonio anterior más Acta de Defunción del anterior cónyuge; Originales actualizadas (no mayor a 6 meses de antigüedad).
En caso de presentar actas del extranjero, todas las actas o partidas deberán ser apostillada en el país de origen. Y si son de países que no hablan español, deben ser traducidos por un traductor oficial registrado en la ciudad judicial.
Aclaraciones
¿Quiénes pueden casarse en Salta?
- Solteros y mayores de edad.
- Divorciado en Argentina.
- Personas que tengan matrimonio celebrado en Argentina y divorcio en el extranjero
- Personas con matrimonio y divorcio en el extranjero
- Viudo/a .
- Menores con edades inferiores a 16 años con dispensa judicial.
Los turnos de Matrimonio son para la presentación de documentación. Los turnos de la celebración de Matrimonio quedara supeditada hasta la revisión y aceptación de la documentación presentada.
En caso de no encontrar turnos atraves de esta web comuníquese por favor con la línea 148